Conciliación privada
Un proceso legal y voluntario para resolver conflictos mediante la intervención de una persona conciliadora imparcial que ayuda a alcanzar acuerdos justos y eficaces.
¿Qué es la conciliación privada?
Es un Medio Adecuado de Solución de Controversias (MASC) reconocido legalmente en el que un tercero imparcial, la persona conciliadora, ayuda a las partes a comunicarse y negociar para alcanzar un acuerdo mutuamente beneficioso y voluntario. A diferencia de la mediación, el/la conciliador/a puede proponer soluciones concretas que las partes han de aceptar para que las vincule.
Características Clave
Proceso imparcial y confidencial
Garantiza la neutralidad de la persona conciliadora y la protección de toda la información compartida durante el proceso.
Propuestas equilibradas
El/la conciliador/a puede presentar soluciones concretas y justas, que las partes aceptan de forma voluntaria para que sean vinculantes.
Alternativa a la vía judicial
Permite evitar o finalizar procedimientos judiciales mediante acuerdos rápidos y menos costosos.
Control del resultado por las partes
Las partes conservan el control del conflicto y deciden libremente si aceptar o no la propuesta conciliadora.
Prevención de futuros conflictos
Fomenta el entendimiento mutuo y facilita la continuidad de las relaciones personales o profesionales.
Con reconocimiento legal
La conciliación privada está reconocida como un MASC conforme a la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles.
Años de Experiencia
Beneficios de la Conciliación Privada
Garantía y supervisión del Colegio de la Abogacía de Madrid.
Procedimiento reconocido por la Ley 5/2012 de mediación y MASC.
Acuerdos alcanzados en menos tiempo y sin litigios.
Las partes deciden libremente con garantía de neutralidad.